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PRIVACIDAD

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1. Ley de Seguridad Privada (Ley 5/2014, de 4 de abril)

  • Regula la actividad de las empresas y profesionales de seguridad privada.

  • Establece las obligaciones de las empresas en cuanto a la recopilación y tratamiento de datos personales.

  • Obliga a garantizar la confidencialidad y la protección de la información obtenida en el ejercicio de sus funciones.

2. Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)

  • Norma europea que regula el tratamiento de datos personales en cualquier sector, incluyendo la seguridad privada.

  • Exige el consentimiento explícito para la recopilación de datos personales.

  • Permite a las personas ejercer sus derechos sobre sus datos (acceso, rectificación, supresión, etc.).

3. Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD)

  • Complementa el RGPD en España.

  • Específica medidas adicionales en el ámbito de la videovigilancia, control de accesos y otros aspectos relacionados con la seguridad privada.

4. Ley de enjuiciamiento civil y enjuiciamiento criminal

  • Los informes de los detectives privados pueden ser aportados como prueba en juicios civiles, laborales y penales.

  • Un detective privado puede ser citado como testigo en un juicio para ratificar su informe.

5. Normativa sobre videovigilancia

  • Las cámaras solo pueden grabar en lugares permitidos y deben respetar la privacidad de las personas.

  • Es obligatorio informar con carteles visibles de la existencia de cámaras.

  • Las imágenes solo pueden almacenarse durante un período determinado y con acceso restringido.

LEGISLACIÓN VIGENTE

Ley 5/2014, de 4 de abril

2014-2025

Artículo 48

El Artículo 48 de la Ley de Seguridad Privada establece el marco legal de la investigación privada en España y regula la actividad de los detectives privados, los únicos profesionales habilitados para realizar investigaciones de carácter privado.

2014-2025

Artículo 49

Define las funciones de los detectives privados, que incluyen:

  • Obtener información sobre conductas o hechos privados.

  • Investigar delitos perseguibles a instancia de parte.

  • Aportar pruebas en procedimientos judiciales.

2014-2025

Artículo 50

Obliga a los detectives privados a mantener la confidencialidad y respetar la legalidad en la obtención de información.

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@2025 “VERUM INTEL SERVICES, S.L., inscrita en el Registro Nacional de Seguridad Privada con el número 11.625, está representada por la profesional acreditada con TIP 6.080.”

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